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Información Interna

 

Aplicacion RDL 8/2010

Como sabéis, hoy 1 de junio todavia no tenemos información de como se van a aplicar los descuentos del RDL 8/2010, y además según me ha informado mi casa informática, el Ministerio les ha dado de plazo hasta final de junio para realizar las modificaciones necesarias en sus programas informáticos.

Nosotros simplemente nos permitimos haceros unas recomendaciones que esperamos os sean de utilidad:

  • 1.   Realización de un inventario a 31 de Mayo, con las especialidades farmacéuticas y productos afectados por el RDL 8/2010, es conveniente que no sea resumido o agrupado, sino que estén relacionados, CN, Nombre especialidad, Cantidad y PVP iva incluido.

  • 2.   Si tú deseas controlar la aplicación por parte de las cooperativas del RD 8/2010:

    Es conveniente que todas las especialidades y efectos y accesorios afectadas por el RDL, vayan en un pedido diferente, para poder comprobar en el albaran como se nos aplican los decuentos del RDL y nuestras condiciones particulares en base al volumen de compras, y dado que su aplicación será con caracter retroactivo, nos será será muy util para poder hacer nuestras verificaciones o reclamaciones si fuera necesario, para lo cual debes ponerte en contacto con tu casa informática para que te indique como seleccionar los medicamentos y productos  afectados. 

La aplicación del decuento de la distribución, es seguro que será aplicado con caracter retroactivo, pues han acordado no aplicarlo hasta quie el Ministerio fije las condiciones,  de ahí también lo interesante de realizar el pedido de forma independiente.

La finalidad es prevenir en espera de que se sepan las condiciones exactas de aplicación.  

 Un cordial saludo,

AFEDETO

 
 
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